El Ayuntamiento de Málaga va a crear un censo canino obligatorio basado en perfiles genéticos de ADN en colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios de Málaga, teniendo en cuenta la normativa nacional y andaluza sobre tenencia de animales.
A estos efectos, si bien el artículo 4 del Decreto 92/2005 de 29 de marzo, por el que se regulan la identificación y los registros de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece como único sistema válido de identificación individual de perros el microchip, esta misma norma, en su artículo 9, tras detallar los datos mínimos que deben estar contenidos en los Registros Municipales de Animales de Compañía, abre la posibilidad de sumar toda aquella información que el Ayuntamiento considere relevante, con lo cual puede incluirse en ese Registro la obligación de aportar el dato de la huella genética o ADN del animal, lo que facilitaría aún más si cabe el control y, por ende, protección de la población canina del municipio.
La iniciativa permitirá conocer, una vez concluya el periodo de censado, a partir del 1º de noviembre de 2017, la procedencia de los excrementos en la vía pública y evitará los casos de perros abandonados con el microchip quitado o de camadas de perros sin identificar.
En lo relativo a la información contenida en el Registro Municipal de Animales de Compañía se ha tipificado como infracción leve la no inclusión de un perro en dicho censo y/o el no uso de la chapa identificativa homologada por parte del animal. A tales efectos se concede un plazo de ocho meses, del 2 de mayo al 31 de diciembre de 2017, para que los propietarios censen a sus animales.